Se acerca la Declaración Anual de Impuestos, ¿listo?
- Carmen López

- 13 mar 2023
- 4 Min. de lectura
Actualizado: 20 mar 2024
Pleno mes de marzo y abril que significa que es hora de la declaración anual de impuestos ante el SAT del ejercicio 2023. Sabemos que este proceso puede ser algo laborioso así que aquí te compartimos información útil para que puedas cumplir a tiempo con este trámite.
Si necesitas apoyo, en Avic & Math podemos facilitarte el servicio para apoyarte con tu declaración en tiempo y forma. ¡Contáctanos!

¿Qué es la declaración anual?
Documento con el que las personas físicas y morales dan a conocer al SAT cuales fueron los ingresos y las deducciones del ejercicio inmediato anterior y, por consiguiente, los impuestos que corresponden. Así, se cumple con la obligación constitucional de contribuir al gasto público.
Gracias a la facturación electrónica, las declaraciones incorporan más información de las operaciones de los contribuyentes, facilitando ya estos datos precargados para la declaración anual.
¿Cuándo se hace la Declaración Anual 2024 y cuáles son los requisitos?
Primero que nada, recuerda que hay diferentes fechas de vencimiento para presentar tu declaración dependiendo de como estes dado de alta.
Si necesitas apoyo, en Avic & Math podemos facilitarte el servicio para apoyarte con tu declaración en tiempo y forma. ¡Contáctanos!
Persona Moral:
Fecha de presentación: 31 de marzo del 2024.
E-firma vigente para presentación.
Estados Financieros (balance general, flujo de efectivo, estado de resultados.)
Declaraciones mensuales al corriente del ejercicio 2023.
Llenados de declaración del ejercicio 2023.
Opinión de cumplimiento positiva.
Acuses de contabilidad electrónica.
Declaración del ejercicio anterior inmediato.
Persona Física:
Fecha de presentación: 30 de abril del 2024.
¿Ya conoces tus obligaciones como contribuyente?
Tus obligaciones fiscales, declaración anual.
¿Conoces los gastos que son parte de tus deducciones personales?
¿Tienes saldo a favor en el ejercicio 2023? Conócelo
Conoces que el SAT te puede devolver dinero dependiendo tu régimen
Si tu saldo a favor supera 10,000, E-firma vigente para firmar la declaración.
¿Qué considerar al hacer la declaración como PERSONA MORAL?
Al momento de preparar tu documento electrónico, el primer apartado es sobre los ingresos donde debes indicar el monto y origen de cada uno de ellos. Estos pueden ser:
Ventas de productos o servicios nacionales/extranjero
Ganancia cambiaria
Intereses devengados a favor, por partidas discontinuas y extraordinarias
Ajuste anual por inflación acumulable
En el apartado de deducciones, se deben desglosar los sueldos, salarios y asimilados; se verifican los gastos como arrendamientos, pago de honorario, combustibles y lubricantes, entre otros. Se establecen las inversiones en activo fijo y el ajuste anual por inflación deducible.
Con estos conceptos capturados, el sistema del SAT calculara el ISR (Impuesto Sobre la Renta) correspondiente como contribuyente. Sobre este resultado es donde debes aplicar:
Pagos provisionales realizados
Retenciones de impuestos que hayan efectuado hacia tu empresa
Estímulos fiscales a los que tengas derecho
Pérdidas fiscales pendientes de aplicar de ejercicios anteriores
Acreditamientos de impuestos por dividendos o pagos en el extranjero
Con esto aplicado, entonces obtendrás el resultado final de ISR del ejercicio fiscal, ya sea a cargo o a favor.
¿Qué considerar al hacer la declaración como PERSONA FÍSICA ?
Si eres persona física, recuerda que solo aquellas personas que obtuvieron ingresos y se ubican en alguno de los siguientes supuestos están obligados:
Sueldos y salarios mayores a 400,000 pesos, (con la excepción para aquellos que en el ejercicio obtuvieron ingresos exclusivamente por salarios, incluso superiores a $400,000, de un solo patrón, siempre que les hayan emitido comprobantes de nómina (CFDI) por la totalidad de los ingresos)
Quienes hayan dejado de prestar servicios antes del 31 de diciembre de 2021
Aquellos que obtuvieron ingresos de dos o más patrones de manera simultánea
Si percibió ingresos de empleadores no obligados a hacer retenciones, como es el caso de Organismos Internacionales
Hayan obtenido ingresos por concepto de jubilación, pensión, liquidación o algún tipo de indemnización laboral
Obtuvieron otros ingresos, como: deudas condonadas por el acreedor o pagadas por otra persona, por inversiones en el extranjero, por intereses moratorios, y/o por penas convencionales, etc.
Que hayan obtenido, además, ingresos por servicios profesionales (honorarios), arrendamiento de bienes inmuebles, actividades empresariales (comerciales, industriales, agrícolas, ganaderas, silvícolas, de pesca, y de autotransporte), enajenación de bienes, adquisición de bienes e intereses, excepto los que tributen en el Régimen de Incorporación Fiscal (RIF) a menos que hayan optado por determinar sus pagos provisionales con coeficiente de utilidad.
De ser parte de estos supuestos, entonces:
El sistema del SAT tendrá ya la información de sueldos y salarios, así como sueldos asimilados a salarios, datos provenientes de la emisión de tus recibos de nomina por cada periodo de pago durante el ejercicio anual. Debes considerar:
En el rubro de ingresos, deberás desglosar el origen de cada uno (ingresos propios de la actividad nacional y extranjera, anticipos de clientes, intereses cobrados, ganancia cambiaria entre otros.)
Deducciones autorizadas como gastos, estímulos, deducción fiscal de inversiones y adquisiciones del ejercicio. Considerar también los estímulos fiscales que no se hayan deducido en los pagos provisionales.
Pagos provisionales efectuados durante el ejercicio del ano a declarar.
ISR retenido al contribuyente por personas morales para deducirlo del ISR del Estado de Posición Financiera.
Deducciones Personales: Honorarios médicos, dentales y gastos hospitalarios, gastos funerarios, donativos, intereses hipotecarios reales, aportaciones complementarias al sistema de retiro, primas por seguros de gastos médicos, transportación escolar (obligatoria), deposito en cuentas especiales de ahorro y colegiaturas.
Con esto, el sistema hará el calculo del ISR ya sea a cargo o a favor.
Desde 2020 el SAT se ha enfocado en fortalecer las finanzas publicas mediante la estrategia del ABC institucional con lo que se han obtenido resultados positivos en materia de recaudación, mayor cumplimiento fiscal e incremento de la base de contribuyentes:

Con esto, cada vez el gobierno esta mejorando los procesos para facilitar las declaraciones, por lo que te recomendamos no dejar pasar la fecha de tu declaración y mantenerte al día con tus impuestos.
Si necesitas apoyo, en Avic & Math podemos facilitarte el servicio para apoyarte con tu declaración en tiempo y forma. ¡Contáctanos!
Fuente: Portal SAT: https://www.sat.gob.mx/calendario/59406/vencimiento-de-declaracion-anual-de-integrantes-personas-fisicas.-abril-2018
Forbes - "El ABC para hacer tu declaracion anual ante el SAT"




Comentarios